http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/rap/cont/61/pr/pr20.pdf Ley de Organización del Distrito y Territorios Federales (13 de abril de 1917), capítulo I, Del Gobierno del Distrito Federal y de los Territorios, Artículo 1o. El Gobierno del Distrito Federal y de cada uno de los territorios de la federación estará a cargo de un gobernador, que directamente dependerá del presidente de la República y será nombrado y removido por éste.