«SENADO DE LA REPÚBLICA». Registraduría Nacional. 11 de marzo. Archivado desde el original el 12 de marzo de 2018. Consultado el 12 de marzo de 2018.
secretariasenado.gov.co
«Acto Legislativo número 02 de 2015». http://www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 5 de marzo de 2018. «El candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde municipal tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación.»