«Artículo 6 - Duración máxima del tiempo de trabajo semanal». Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo. 4 de noviembre de 2003. «[...] la duración media del trabajo no exceda de 48 horas, incluidas las horas extraordinarias, por cada período de siete días.».
Juan Martínez Moya (5 de noviembre de 2014). «La jornada: hacia una delimitación conceptual». El tiempo de trabajo: una visión jurisprudencial. Archivado desde el original el 20 de enero de 2021. Consultado el 22 de octubre de 2020.
Juan Martínez Moya (5 de noviembre de 2014). «La jornada: hacia una delimitación conceptual». El tiempo de trabajo: una visión jurisprudencial. Archivado desde el original el 20 de enero de 2021. Consultado el 22 de octubre de 2020.