Miñarro (linaje) (Spanish Wikipedia)

Analysis of information sources in references of the Wikipedia article "Miñarro (linaje)" in Spanish language version.

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alquipir.es

  • Morote Pérez, Pedro (Murcia, 1741): «Antigüedades y blasones de la Ciudad de Lorca», pp. 219, 223 y 419. http://www.alquipir.es/wp-content/uploads/2021/02/alquipir_15_6_sangre.pdf (acceso 4 de julio 2024)
  • Sobre la limpieza de sangre de los linajes que se incorporaban al Colegio de Abogados de los Reales Consejos, véase la revista ALQUIPIR, número 15, año 2014, Edita Ayto. Cehegín, pág. 53: "Don Francisco Loreto Alarcón de Sevilla, abogado de los Reales Consejos, natural de la villa de Cehegín, con residencia en la villa y Corte de Madrid, solicita una justificación de limpieza de sangre, que tiene como antecedente la solicitada por su padre ... Sin duda estas diligencias fueron motivadas por la necesidad de demostrar que son cristianos viejos sin antecedentes de judíos o moriscos entre sus antepasados, ya que intentan acceder a la colegiación en una profesión relevante como la de abogado de los Reales Consejos, que debe estar libre de cualquier sospecha. Este era, a fin de cuentas, el primordial sentido de los Estatutos de Limpieza de Sangre -ya establecidos en España en el siglo XV-: impedir a los judíos, conversos y moriscos el acceso a cargos en instituciones religiosas, académicas, militares, civiles, etc. claves en la sociedad de aquel tiempo, como era el caso del Ilustre Colegio de abogados de los Reales Consejos. Estamos ante unos estatutos con un claro componente racista, que se perpetuaron a lo largo del tiempo hasta ser abolidos en el año 1835 ... es su hijo quien acuciado por la necesidad de la colegiación en el Ilustre Colegio de abogados de los Reales Consejos, profesión relevante en la época -casi exclusiva de las familias locales de mayor poder- debe presentar en la debida forma el árbol genealógico modificado conforme a los Estatutos de Limpieza de Sangre".http://www.alquipir.es/wp-content/uploads/2021/02/alquipir_15_6_sangre.pdf (acceso 4 de julio de 2024)

episcopado.org

eusko-ikaskuntza.eus

aunamendi.eusko-ikaskuntza.eus

genealogiahispana.com

  • Sobre los apellidos compuestos ver el Portal de Genealogía Hispana https://www.genealogiahispana.com/apellidos/los-apellidos-compuestos-espanoles-origenes-clases-y-algunos-mitos/ (acceso 5 de septiembre de 2024). "En cuanto al origen de estos apellidos (compuestos) nos tenemos que remontar a la Edad Media, siglos XIII y XIV, cuando las familias nobles combinaron el uso primigenio de los patronímicos, los apellidos derivados del nombre paterno, con el topónimo de los señoríos o tierras de procedencia. Extendido el uso de apellidos a todas las capas sociales, se generalizó también la opción de combinar varios de ellos en una aparente anarquía que sin embargo se guiaba por unos usos bien definidos. Probablemente la causa más frecuente de unión de apellidos se daba al enlazar con mujeres que aportaran patrimonio y/o pertenecían a un linaje destacado, por lo que el apellido materno se unía al paterno. Por otra parte, desde la nobleza titulada a los hidalgos más humildes pasando por las familias pujantes que deseaban entrar en este estamento, eran conscientes de que el uso de unos «buenos» apellidos resultaba esencial para proyectar una imagen pública adecuada por lo que no dudaban en escoger los más sonoros de entre los usados por sus antepasados. Muchos se crearon mediante la unión de dos apellidos preexistentes, siendo el caso más frecuente. Es conveniente mencionar y comentar el tópico más habitual respecto de que los apellidos compuestos indican nobleza, algo que hay que matizar pero no rechazar de plano. Antes de nada aclarar que un apellido compuesto de por sí no ha sido nunca prueba de nobleza ya que podía ser usado por personas de todos los orígenes. Dicho esto, lo cierto es que la mayoría de las familias con apellidos compuestos que ya los usaban antes de 1800 suelen tener orígenes nobles.

ine.es

juntadeandalucia.es

  • Archivo de la Real Chancillería de Granada (Junta de Andalucía). Real Provisión de receptoría de Mayor López Miñarro y sus hijos Hernando de Robles y Cristóbal Miñarro, vecinos de Caravaca de la Cruz, en el pleito con dicho consejo sobre su hidalguía. ES.18087/2.8.1.01//5090. Fecha 7 de marzo de 1545. https://www.juntadeandalucia.es/cultura/archivos/realchancilleria (acceso 20 de mayo 2024). Otros pleitos de hidalguía seguidos por miembros de esta familia y conservados en el Archivo de la Real Chancillería de Granada, son: (1) Alonso de Robles Miñarro, vecino de Liétor, en 1734-1735 (C4685-421 y C14422-077); (2) José Manuel Fernández Cortacero y Miñarro, vecino de Alhendín en 1738 (C4688-019) ; (3) Antonio Ventura García-Miñarro y Piñero, vecino de Cehegín, en 1741 (C14425-095); (4) Felipe Antonio Marín Miñarro, vecino de Cúllar en 1778 (C4640-064); (5) Diego Marín Miñarro, vecino de La Zubia en 1794 (C4667-184) y (6) Diego de Robles Miñarro, vecino de Otura en 1795 (C4655-075).
  • Archivo de la Real Chancillería de Granada (Junta de Andalucía). Real provisión ordinaria de Antonio Ventura García-Miñarro y Piñero, vecino de Cehegín, en el pleito con el concejo de Cehegín sobre su hidalguía. ES.18087/2.8.1.01//14425. Fecha 23 de diciembre de 1741. https://www.juntadeandalucia.es/cultura/archivos/realchancilleria (acceso 20 de mayo 2024).

laverdad.es

regmurcia.com

sensacine.com

studylib.es

  • Archivo Histórico de Toledo AHT, 78.005 (RGS, O.S. 05/1517). https://studylib.es/doc/5055328/reales-provisiones-del-consejo-de-%C3%B3rdenes-a-los-territorios; p. 225 (acceso 18 de mayo 2024). Texto completo: Madrid, 2 de mayo de 1517. Provisión del Consejo de la Orden de Santiago: Juan de Robles, Juan de Aznar, Pedro de Balboa, Rodrigo de Jerez, Sebastián de Aznar, Diego de Mesa, Sancho Miñarro, Juan Melgares, Lázaro Miravete, Antonio de Robles y Gonzalo Miravete, vecinos de Caravaca, presentan petición al Consejo diciendo ser hidalgos y escuderos, que sus antepasados lucharon en la guerra de los moros, y ahora necesitan buscar quien le dé acostamiento, para su propio mantenimiento, lo cual estaba penado por las leyes capitulares de la Orden, siendo los señores de fuera de la Orden; piden licencia para acordar acostamientos con sujetos de fuera de la Orden sin resultar penados por ello. El Consejo, como no era su intención concederles acostamientos, les da licencia para buscarlo sin incurrir en pena. Comendador mayor. Dr. Tello. Ledos. Barrientos y Luján. Secretario, Paz..

ucm.es

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