Principio pro homine (Spanish Wikipedia)

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  • v. CABALLERO OCHOA, José Luis y VAZQUEZ, Luis Daniel, 2014, en SALAZAR UGARTE, Pedro (coord.) La reforma constitucional sobre derechos humanos. Una guía conceptual, ed. Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, México, p. 22. http://www.corteidh.or.cr/tablas/r33063.pdf

scjn.gob.mx

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  • La jurisprudencia interamericana ha sido consistente en considerar que el sistema de protección de los derechos humanos en este Hemisferio se limita a la protección de personas naturales y no incluye a la persona jurídica, empero existen derechos colectivos que sí han sido protegidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como es el de la propiedad de comunidades indígenas y los derechos de expresión y asociación políticos y laborales, por lo que la jurisprudencia interamericana ha evolucionado hacia la protección de derechos humanos de algunas personas jurídicas cuando estos son expresión, materialización y vehículo del ejercicio colectivo de derechos individuales (v. Stainer Christina y Uribe Patricia [coord.] 2014, Convención Americana sobre Derechos Humanos. Comentario. Ed. Fundación Konrad Adenauer. Programa Estado de Derecho para América Latina. Bolivia, pág. 104). En los Estados Unidos Mexicanos, dicha protección se extiende sea esta persona física o jurídica (“moral”) pues la tutela de derechos humanos se otorga a toda persona conforme al artículo 1º de su Constitución, debiendo entenderse por persona todo ser humano titular de iguales derechos y deberes emanados de su común dignidad, y en los casos en que ello sea aplicable debe ampliarse a las personas jurídicas, pues normas positivas reconocen a las personas morales como titulares de esos derechos. La persona jurídica al ser parte en juicios fiscales o mercantiles, goza de derechos humanos como son los de audiencia, al debido proceso, al recurso sencillo, rápido y efectivo ante jueces y tribunales y otros. En conclusión, las personas morales son titulares de derechos humanos conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ver la siguiente tesis judicial: https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/2004/2004275.pdf