Friera Álvarez, Marta (2003). «Notas sobre la Constitución Histórica Asturiana: El fin de la Junta General del Principado de Asturias». Historia constitucional: Revista Electrónica de Historia Constitucional (nº. 4). ISSN1576-4729.
El territorio español en la Península e Islas adyacentes queda desde ahora dividido en cuarenta y nueve provincias que tomarán el nombre de sus capitales respectivas excepto las de Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservan sus actuales denominaciones.
Artículo 1º del Real Decreto de 30 de noviembre de 1833
El territorio español en la Península e Islas adyacentes queda desde ahora dividido en cuarenta y nueve provincias que tomarán el nombre de sus capitales respectivas excepto las de Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservan sus actuales denominaciones.
Artículo 1º del Real Decreto de 30 de noviembre de 1833