Real Decreto 1428/2003, Reglamento General de Circulación Define en la Sección IV del Capítulo VI del Título IV la numeración y significado de las Señales Verticales de Circulación, e incluye en el Anexo I el Catálogo Oficial de Señales de Circulación.
Real Decreto 1231/2003 Anexo I.3.a. Excepcionalmente, en las autopistas de peaje de acceso a Madrid se mantendrá la letra "R".
Real Decreto 1428/2003 Art.162.4 S-410. Cuando la autopista o autovía es una ronda o circunvalación la letra A podrá sustituirse por las letras indicativas de la ciudad, de acuerdo con el código establecido al efecto por los Ministerios de Fomento e Interior.