López de Mendoza y Pons, Agustín (1882). «Prólogo». Historia de las guerras civiles de España : desde la muerte del señor Carlos II, que sucedió en 1º de noviembre de 1700, distribuida en ocho libros, por los mismos años regulados hasta el de 1708 escrita por el Ilmo. Sr. Agustín López de Mendoza y Pons. Zaragoza: Diputación Provincial Imp. del Hospicio Provincial. p. VIII. Consultado el 20 de octubre de 2017.
boe.es
«Disposiciones adicionales». Constitución Española de 1978(en española). BOE. 1978. Consultado el 1 de noviembre de 2023.
Los fueros, por los históricos privilegios que consagraba, suscitaban recelo en otras provincias, lo que proporcionó una excusa más al Gobierno central para su definitiva abolición: "en la cuestión de fueros hay que distinguir dos elementos, a saber: el fuero que contraría abiertamente la unidad constitucional y establece entre los españoles una desigualdad injusta e irritante; esto es, la exención de pagar tributos y quintas, de que disfrutan las Provincias Vascas, pero no Navarra; y el fuero que, rompiendo la unidad legislativa, pero no la constitucional, y no perjudicando los derechos de nadie, pone a dichas provincias en posesión de un especial régimen administrativo y económico, de carácter eminentemente democrático, envidiado y celebrado con razón por todos los liberales, tanto de España como del extranjero." (Revista Contemporánea, 1876) [1]