Villatuelda (Spanish Wikipedia)

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  • B.O.E.: LEY 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León (artículos del 72 al 76). Artículo 72.1: Funcionarán necesariamente en régimen de Concejo Abierto los municipios con población inferior a 100 habitantes y aquellas entidades locales menores y municipios que tradicionalmente lo vienen utilizando. Artículo 72.2: Podrán acogerse a dicho régimen aquellos municipios o entidades locales menores con población inferior a 250 habitantes en los que, por su localización geográfica, por el asentamiento de la población, la mejor gestión de sus intereses u otras circunstancias, resulte conveniente.

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  • José Luis Hernando Garrido: Sobre minorías hebreas y mudéjares: mentalidades, arte y folklore en la Castilla bajomedieval y moderna, revista Biblioteca - Estudio e investigación, Aranda de Duero, p. 152: "Muchos hebreos asentados en tierras del obispado de Osma (están documentados casos de judíos tornadizos -un pueblo de la provincia de Ávila responde al curioso topónimo de Tornadizos- originarios de Soria, Aranda, Peñaranda, Roa, El Burgo de Osma, San Esteban de Gormaz, Langa, Berlanga, Coruña del Conde, Torregalindo, Villatuelda, Terradillos de Esgueva y Fuentenebro) que habían marchado tras el edicto de expulsión de 1492, terminaron por regresar hasta sus localidades de origen al haber intentado rehacer sus vidas en tierras lusas y no haber podido adaptarse."
  • Nota sobre Alonso López, zapatero y vecino de Villatuelda (ver la página 3, que es la página 60 de la revista Espacio, Tiempo y Forma, Serie III, H. Medieval, t. 13, 2000): "Pese a que con frecuencia hubieran actuado por conveniencia, el pesar y el arrepentimiento por el abandono de la religión y de las costumbres judías debió atormentar a muchos de los judeoconversos que habían abrazado el cristianismo en 1492. Así Alonso López, vecino de Villatuelda (Burgos) y zapatero de profesión, cosiendo un día unos zapatos en Terradillos de Esgueva (Burgos), en la casa de Alonso Tamayo, ante la afirmación de Juan Martínez de Abad de que existían sospechas de que no era buen cristiano porque no traía consigo a su mujer, que permanecía en Ciudad Rodrigo, y de que era cristiano a la fuerza, le respondió: «Juro a Dios que dezís la verdad, que buena Ley teníamos».", en Fontes iudaeorum Regni Castellae. II. El Tribunal de la Inquisición en el Obispado de Soria (1486-1502), de Carlos Carrete Parrondo [4](Salamanca, Universidad Pontificia de Salamanca-Universidad de Granada, 1985)
  • Campillo Cueva, Francisco: Las estelas cristianas del valle del Esgueva burgalés, revista Biblioteca : estudio e investigación, Aranda de Duero, p. 134 y p. 143.

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