Analysis of information sources in references of the Wikipedia article "Antso III.a Gartzeitz" in Basque language version.
« | Lo cierto es que la tradición jurídica pirenaica, establecida ya en el siglo X por la dinastía de Sancho Garcés, se basaba precisamente en la no desintegración del Reino, es decir, en transmitir al sucesor todos los territorios. En el Reino de Pamplona, territorios distantes como Aragón y Nájera se mantienen bajo las mismas riendas a la muerte de Sancho Garcés I (905–925). Ahora bien, aun cuando el primogénito era el único que heredaba los bienes patrimoniales, es decir, el Reino, con los acrecentamientos que éste hubiese obtenido, el deseo de dotar a los demás hijos había introducido la costumbre de constituirles un patrimonio con bienes territoriales que podían trasmitir a su herederos, aunque sin desvincularlos del Reino, ya que éstos estaban sometidos a la fidelidad debida al Soberano, y los bienes eran tenidos "sub manu" del primogénito | » |
« | Sancho III el Mayor no tuvo que adjudicar nada a su hijo Fernando en forma testamentaria, ya que el condado de Castilla lo había recibido éste, en 1029, directamente por los derechos de su tío el "infant" García, derechos que habían correspondido a la madre de aquél doña Mayor | » |